Permiso retribuido
Elecciones 22 de Marzo
Os informamos de los permisos retribuidos que os corresponden el próximo día 22 de Marzo con motivo de las elecciones al Parlamento de Andalucía. Los mismos vienen regulados en el Decreto 94/2015, de 24 de febrero, publicado en el BOJA del pasado 26 de Febrero Ver BOJA
Artículo 1. Ámbito de aplicación.
El presente Decreto
será de aplicación a las personas
trabajadoras por cuenta ajena y al personal al servicio de la
Administración de la Junta de Andalucía
[…]
Artículo
2. Electores y Electoras.
Cuando la jornada laboral del personal
comprendido en el artículo 1 coincida,
total o parcialmente, con el horario de apertura de los Colegios Electorales,
éste tendrá derecho a permiso retribuido,
dentro de su jornada, en los supuestos y en las condiciones siguientes:
b) Si la coincidencia
es superior a cuatro horas pero no excede de seis horas, permiso retribuido de
tres horas.
c) Si la coincidencia
es de dos a cuatro horas, permiso retribuido de dos horas.
d) Si la coincidencia
es menor de dos horas, no se tendrá derecho a permiso.
Artículo 4. Miembros de la Mesa Electoral.
1. Las personas
comprendidas en el artículo 1 que acrediten su condición de Presidente o Presidenta, Vocal o
Interventor o Interventora de Mesa Electoral, si el día de la votación
fuera laboral para las mismas, tendrán derecho a un permiso retribuido de jornada completa durante el día de la votación,
si no disfrutan dicho día de descanso. En todo caso, tendrán derecho a una reducción de cinco horas en su jornada de
trabajo del día 23 de marzo de 2015, siempre que justifiquen su actuación
como tales.
Asimismo os recordamos
que dichos permisos:
- Han de ser justificados. Pedid justificante a la Mesa electoral
- No son recuperables
- Su distribución dentro del turno corresponde a la empresa
- No dependen de la jornada que tengas en el contrato, sino del turno que tengas el día de las elecciones
Ante cualquier duda,
consultadnos.